Inciso Arancelario:6309.00.90
DEI-CA:
El SAC designa de manera especifica por texto de la partida que este producto se clasifica en este inciso arancelario y según nota complementaria centroamericana A del capitulo 63 y como auxilio las notas explicativas de la partida 63.09. Los artículos comprendidos en la presente partida (que se enumeran limitativamente en los apartados 1) y 2) siguientes) deben cumplir al mismo tiempo las dos condiciones siguientes, a falta de lo cual siguen su propio régimen:
A) Tener señales apreciables de uso. Se puede tratar de artículos que necesiten un arreglo o limpieza, o bien, incluso, de artículos utilizables como se presentan.
Los artículos nuevos con defectos de tejedura, teñido, etc., así como los artículos de exposición o de escaparate, ajados, siguen su propio régimen.
B) Presentarse a granel (por ejemplo, en vagones de mercancías), o bien en balas, sacos o acondicionamientos similares, o en bultos simplemente atados sin otra materia de envasado, o a granel en cajas.
Se trata, en este caso, de expediciones importantes, comúnmente para revendedores, en las que el sistema de envasado es menos cuidado que el que se acostumbra a adoptar habitualmente para las expediciones de artículos nuevos.
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