INCISO ARANCELARIO: 2526.20.00 6a ENMIENDA: 2526.20.00.00
Polvo blanco, untuoso, fino, suave al tacto, inodoro
DARA-SCA.
El SAC designa de manera especifica por texto de la partida que este producto se clasifica en este inciso arancelario, aplicando Regla General Interpretativa 1 y 6, texto de partida 25.26: Esteatita natural, incluso desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares; talco. Y como auxilio las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de la partida 25.26: El talco clasificado en esta partida puede someterse a las operaciones autorizadas por la Nota 1 de este Capítulo. El talco suele presentarse en bruto o en polvo. NOTA 1) Salvo disposición en contrario y a reserva de lo previsto en la Nota 4 siguiente, sólo se clasificarán en las partidas de este Capítulo los productos en bruto o los productos lavados (incluso con sustancias químicas que eliminen las impurezas sin cambiar la estructura del producto), quebrantados, triturados, molidos, pulverizados, levigados, cribados, tamizados, enriquecidos por flotación, separación magnética u otros procedimientos mecánicos o físicos (excepto la cristalización), pero no los productos tostados, calcinados, los obtenidos por mezcla o los sometidos a un tratamiento que supere al indicado en cada partida.
MEMORANDO DEI-SCA-668-2015