INCISO ARANCELARIO: 3808.91.90
CORRELACION A LA 6a ENMIENDA: 3808.91.90.00
Compuesto químico utilizado para matar insectos.
Teniendo en cuenta lo expresado en las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del SAC; y Las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de la partida comprende: 38.08 Los insecticidas Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir: los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos.
los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
- los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados. No corresponde a la subpartida 38.08.50 por no contener ninguna sustancia mencionada en las notas de subpartidas 1 del capítulo 38.
MEMORANDO DARA-SCA-123-2016