INCISO ARANCELARIO: 3921.90.41.00
Lamina plástica flexible de color rojo con superficie lisa y brillante, estratificada en su cara inferior con tela sin tejer de color blanco.
Se determina el inciso arancelario para los productos antes mencionados tomando en consideración las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del Sistema Arancelario Centroamericano y como auxilio las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de las Mercancías, VI Enmienda, Capitulo 39, Partida 39.21, esta partida comprende: «Las demás placas, láminas, hojas, y tiras de plástico» Nota legal 1 O: en las partidas 39.20 y 39.21, los términos placas, láminas, hojas y tiras se aplican exclusivamente a las placas, láminas, hojas y tiras (excepto las del capítulo 54) y a los bloques de forma geométrica regular, incluso impresos o trabajados de otro modo en la superficie, sin cortar o simplemente cortados en forma cuadrada o rectangular, pero sin trabajar de otro modo (incluso si esta operación les confiere el carácter de artículos dispuestos para su uso). Esta partida comprende las placas, láminas, películas, hojas y tiras de plástico, excepto las de las partidas 39.18, 39.19 ó 39.20 o del Capítulo 54. Sólo comprende pues los productos celulares o los que están reforzados, estratificados, con soporte o combinados de un modo parecido con otras materias. (En cuanto a la clasificación de las placas, láminas, etc., combinadas con otras materias, véase las Consideraciones generales de este Capítulo.) De acuerdo con la Nota 1 O de este Capítulo, la expresión placas, láminas, hojas y tiras se aplica exclusivamente a las placas, láminas, hojas y tiras, y a los bloques de forma geométrica regular, incluso impresos o trabajados de otro modo en la superficie (por ejemplo, pulidos, gofrados, coloreados, simplemente ondulados o curvados), sin cortar o simplemente cortados en forma cuadrada o rectangular, pero sin trabajar de otro modo (incluso si esta operación les confiere el carácter de artículos listos para el uso).
MEMORANDO DARA SCA 026-2017