INCISO ARANCELARIO: 6304.91.00
Correlación a 6a Enmienda: 6304.91.00.00
Deltametrina de Larga Duración (Recubierto) Neta Insecticida. Ingrediente Activo: Deltametrina. Contenido: 80 mg I m2 ± 25%, 75 Denier: 2,7 g I kg ± 25%, 100 Denier: 2,0 g I kg ± 25%. La Resistencia de Lavado: 20 Lavados. Índice de Retención de Lavado: 0,93-1,00. Estabilidad de Almacenamiento: 54 ± 2º C Durante 14 Días <5% de Pérdida de Deltametrina. Material: 100% Poliéster, Multifilamento. Fabricación: Punto por Urdimbre. Denier: 75 ± 5%, 100 ± 5%. Malla: Min. 156 Agujeros / o inch2 min. 24 Agujeros / cm2. Estabilidad Dimensional: ± 5%. Resistencia al Estallido: 75 Denier: min. 250 kPa, 100 Denier: min. 350 kPa. Peso: 75 Denier: 30 g / m2 ± 10%, 100 Denier: 40 g / m2 ± 10%. lnflamabilidad C: lase 1 (No Inflamable).
Se determinó inciso arancelario para el producto antes descrito tomando en consideración las Reglas Generales Interpretativas 1 , 3 (b) y 6 del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), Texto de Partida 63.04 «Los Demás Artículos de Tapicería, Excepto los de la Partida 94.04» y de la Subpartida 6304.91 «De Punto». Así mismo se toma en consideración las Notas Explicativas de la Partida 63.04 que menciona textualmente: Esta partida comprende los artículos de tapicería de materia textil, excepto los que se clasifican en las partidas precedentes o en la partida 94.04, para habitaciones, establecimientos públicos, teatros, edificios religiosos, etc., así como los artículos similares de tapicería para barcos, vagones de ferrocarril, aviones, remolques para acampar, automóviles o medios de transporte análogos. Entre estos artículos, se pueden citar: las colgaduras (incluidas las colgaduras para tribunas, ceremonias fúnebres, etc., con exclusión de los artículos de la partida 63.03), los mosquiteros, las colchas, excepto las de la partida 94.04,las fundas de cojines, las fundas de protección para muebles, fundas de apoyo de la cabeza para asientos, los tapetes para mesas (excepto los que tengan las características de alfombra) (véase la Nota 1 del Capítulo 57), los paños de chimenea y los alzapaños. Conforme a Opiniones Técnicas emitidas en las Reuniones 49 y 50 por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), dicho producto se clasifica en la Subpartida 6304.91 ya que un Mosquitero de un tejido de punto por urdimbre compuesta de multifilamentos de poliéster (100%), impregnados con un insecticida (55 mg / m2 de deltametrina), que repele o mata mosquitos y otros insectos. Aplicando a dicho caso las Reglas Generales interpretativas 1, 3 (b) y 6.
MEMORANDO DARA-SCA-615-2016